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La Audiencia resuelve desestimar el recurso presentado por la Fiscalía contra la citación de Pedro Sánchez como testigo, ya que ve justificada la diligencia del juez a cargo del caso Begoña Gómez, en tanto que «resulta útil y pertinente la citada declaración»
Actualidad AgenciasLa Audiencia Provincial de Madrid ha aprobado la citación de Pedro Sánchez como testigo en la causa abierta contra Begoña Gómez, argumentando que existían motivos e indicios vinculados con la propia Gómez. Asimismo, ha levantado la imputación del exconsejero madrileño del PP Juan José Güemes y del rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache.
De acuerdo con la Audiencia, Begoña Gómez se aprovechó «de su proximidad al presidente del Gobierno como su esposa para vender supuestos favores u ofrecer supuestas influencias, siempre, eso sí, a cambio de contraprestaciones de la más diversa índole», dice.
La Sección 23 de la Audiencia madrileña ha resuelto diversos recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía y la defensa de Begoña Gómez contra las actuaciones del juez Juan Carlos Peinado.
En un auto, al que ha tenido acceso ABC, la Audiencia también estima parcialmente los recursos contra el solicitud del instructor de recabar información de la SEPI sobre las ayudas otorgadas por el Gobierno a Air Europa, filial de Globalia, durante la pandemia.
La Sala deja esos hechos excluidos del procedimiento al entender que queda fuera del objeto de investigación delimitado al inicio de la instrucción.
«Por estar ya perfilados los hechos objeto de investigación, no podemos admitir la investigación de otros distintos, tal y como hemos mencionado al hacer referencia al Departamento África Center, y ahora en relación a Globalia y la solicitud de documentación a la Sociedad Española de Participaciones Industriales (SEPI), en relación a las ayudas otorgadas a la empresa Air Europa», señala el auto.
Precisa, sin embargo, que en caso de que el juez Peinado encuentre «indicios racionales de criminalidad de algún hecho nuevo» que haga presumir la comisión de un delito ajeno al procedimiento que ya está instruyendo, haga las gestiones pertinentes para su tramitación separada, «en orden a dar una mayor efectividad y concreción a la causa».
Sobre el recurso presentado por la Fiscalía contra la citación de Pedro Sánchez como testigo, la Audiencia resuelve desestimarlo y, en este caso, ve justificada la diligencia del instructor, en tanto que «resulta útil y pertinente la citada declaración porque, de las diligencias practicadas se deducen múltiples reuniones para la constitución de la Cátedra de Transformación Social Competitiva, celebradas en el entorno institucional de la Presidencia del Gobierno, habiendo estado presente en alguna ocasión el presidente».
En lo relativo al levantamiento de las imputaciones, el auto determina dejar sin efecto la atribución de la condición de investigado al exconsejero madrileño y actual directivo de Instituto de Empresa Juan José Güemes porque no coincide con la conclusión del instructor, que le imputó al encontrar supuestas contradicciones entre su declaración y la de la directora de Recursos Humanos del Instituto de Empresa, Sonsoles Blanca Gil de Antuñano.
«En este caso se interrumpió su declaración y se le comunicó su próxima citación como investigado, en relación a una supuesta contradicción de lo declarado en relación con lo manifestado en la testifical de [...] Gil de Antuñano; declaración esta última de la que no se obtiene la conclusión, extraída por el instructor, respecto a que Begoña Gómez hubiera sido contratada por el Instituto de Empresa para África Center por ser la esposa del presidente del Gobierno», señala el auto.
En el mismo sentido, la Audiencia acuerda dejar sin efecto también la condición de investigado del rector de la Universidad Complutense en relación a la creación de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva del centro, de la que fue directora Begoña Gómez.
Adopta esta decisión, según precisa en el auto, «ante la ausencia de datos objetivos incriminatorios en los que asentar su condición de investigado en los delitos de tráfico de influencias en el momento de su declaración».
Con información de ABC
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