
Los 15 minutos de cortesía y el tiempo de desayuno son declarados trabajo efectivo
A partir de la próxima semana, los 15 minutos de cortesía, después de la hora de ingreso, y el tiempo usado para desayunar pueden considerarse como trabajo efectivo. Esto lo ha confirmado el Tribunal Supremo (TS) a través de su sentencia más reciente.
De acuerdo a la información publicada por el Poder Judicial “el tiempo del desayuno y el de marcaje de llegada (un margen de cortesía de hasta 15 minutos tras la hora de inicio de la jornada) deben considerarse como tiempo trabajado… para quienes tengan control rígido de horario y no sean empleados con categoría de jefe o asimilado”.
Tras esta medida, las personas que lleguen 15 minutos tarde al trabajo, podrán tener un fichaje puntual.
La nueva sentencia de control de horario no aplica para todos los empleados, solo es aplicable para aquellas personas que cuenten con un acuerdo previo en sus empresas. De esta forma, la clasificación de trabajo efectivo solo será posible cuando todas las partes acepten su implementación en la jornada laboral.
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Para tomar esta decisión, el TS ha estimado los recursos presentados por los sindicatos CCOO, UGT y SECB, después de que la Audiencia Nacional emitiera una sentencia a favor de los trabajadores de la empresa Caixabank, los cuales también laboraban horario rígido y lograron el reconocimiento de los 15 minutos de cortesía.
Por esta razón, el Poder Judicial recuerda que durante 2023 se recomendó “que cada empresa cuente con una guía para que los empleados dispongan de las pautas necesarias para saber en cada momento como debe activar cada una de las funciones y opciones en la herramienta de registro de jornada”.


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