Corte Constitucional dio luz verde a la prohibición histórica de espectáculos con animales en Colombia

La decisión judicial que avala la ley que pone fin a las corridas de toros, peleas de gallos y el coleo será válida a partir de 2027

Cultura y OcioYusmary CocciaYusmary Coccia
Protestas por la reapertura de la Plaza de Toros la Santa Maríaen Bogotá|Foto:  EFE
Protestas por la reapertura de la Plaza de Toros la Santa Maríaen Bogotá. Foto: EFE

Con un fallo que resonará en la historia cultural del país, la Corte Constitucional de Colombia avaló de manera unánime la Ley 2385 de 2024, que prohíbe de forma definitiva las corridas de toros y otras actividades con animales en todo el territorio nacional. La decisión de la Sala Plena, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, declaró esta normativa “ajustada a la Constitución Política”, allanando el camino para una profunda transformación social en la relación con los animales.

La ley, firmada por el presidente Gustavo Petro en julio de 2024 y fruto de un intenso debate legislativo que duró años, no será inmediata. Establece un período de transición de tres años, lo que significa que la prohibición total comenzará a regir en 2027. Este plazo de gracia tiene un objetivo claro y socialmente sensible: permitir al Gobierno Nacional diseñar e implementar un robusto programa de reconversión económica y laboral para todos los actores de la cadena productiva afectada. Ganaderos de bravo, toreros, empleados de plazas, galleros, criadores y organizadores de festividades tendrán este tiempo para adaptarse a nuevas realidades económicas.

El alto tribunal ratificó la prohibición de un amplio espectro de actividades consideradas lesivas para el bienestar animal. Entre ellas la ley contempla “las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas, tientas, las actividades sobre toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos”. El fallo se sustenta en el principio de que “los procedimientos utilizados en tales espectáculos socavan la integridad de formas de vida no humana”, otorgando así una protección constitucional explícita a los animales.

La jornada judicial estuvo marcada por un momento de confusión que luego fue aclarado. Un comunicado inicial de la Corte incluía las “cabalgatas”, desfiles ecuestres tradicionales, dentro de la lista de actividades prohibidas. Horas más tarde, la corporación emitió una fe de erratas para rectificar y dejar claro que las cabalgatas, al no involucrar maltrato animal como parte central de su espectáculo, no están vetadas por la nueva ley.

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Con esta decisión, Colombia se alista para salir del reducido grupo de naciones donde la tauromaquia aún es legal. El listado lo comparten España, Francia, Portugal, México, Perú, Ecuador y Venezuela.

Asimismo, este paso  representa el final de una tradición que, si bien en el pasado fue un pilar de la cultura popular, ha visto cómo su base de apoyo se ha ido erosionando de manera constante durante las últimas décadas, especialmente entre las generaciones más jóvenes.

Hoy, la fiesta brava tiene una presencia limitada y geográficamente concentrada. Su práctica regular se reduce a las plazas de Cali y, sobre todo, de Manizales, sede de la feria más importante del país y considerada el último bastión taurino. También sobrevive en algunas corralejas y festividades municipales de provincias, que tendrán que reinventarse para 2027.

El cierre definitivo de los ruedos supondrá un cambio radical en el panorama cultural de ciudades enteras. Escenarios icónicos como la plaza de toros La Santa María en Bogotá (Monumento Nacional), o las de Medellín y Cartagena, que alguna vez vibraron con las gestas de figuras nacionales como César Rincón y leyendas internacionales, se enfrentan ahora a un inevitable proceso de reconversión para hallar nuevos usos que preserven su valor patrimonial sin el derramamiento de sangre.

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