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El Congreso aprueba endurecer el Código Penal contra la multirreincidencia. Robar móviles personales conllevará hasta tres años de cárcel y los hurtos leves sumarán penas de prisión
Actualidad Sala de redacción
El Congreso de los Diputados ha dado un paso decisivo para transformar la respuesta penal ante la inseguridad ciudadana. Con una mayoría que ha superado los 300 votos, la Cámara Baja ha validado la nueva ley contra la multirreincidencia, una iniciativa impulsada originalmente por Junts que busca poner fin a la "puerta giratoria" de los juzgados en los grandes núcleos urbanos.
El texto, que ahora inicia su periplo en el Senado, modifica sustancialmente el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que los antecedentes penales dejen de ser un dato estadístico y se conviertan en un factor determinante de entrada en prisión.
La reforma pone especial énfasis en la protección de la intimidad digital. A partir de su entrada en vigor, sustraer un teléfono móvil o cualquier dispositivo electrónico que contenga datos personales, bancarios o profesionales dejará de castigarse como un simple hurto para acarrear penas de entre uno y tres años de cárcel.
Esta medida, no obstante, excluye los terminales en exposición comercial, centrando la severidad en el perjuicio que supone para el ciudadano la pérdida de su "identidad digital". Con este cambio, el legislador reconoce que el valor de un smartphone trasciende hoy su coste material.
La multirreincidencia se redefine para evitar interpretaciones laxas. Se considerará reincidente a quien cometa un delito tras haber sido condenado ejecutoriamente por otro de la misma naturaleza, incluyendo las sentencias firmes dictadas en cualquier estado de la Unión Europea.
Esta armonización jurídica pretende evitar que delincuentes profesionales aprovechen la falta de conexión entre bases de datos internacionales para eludir la agravante de reincidencia en suelo español.
El cambio más drástico afecta a los hurtos inferiores a 400 euros. Hasta la fecha, estas infracciones solían resolverse con multas que resultaban ineficaces ante delincuentes habituales.
Con la nueva normativa, si el autor acumula al menos tres condenas previas por delitos de la misma naturaleza, la cuantía de lo robado pasará a un segundo plano: la pena será obligatoriamente de prisión, de seis a 18 meses. La reincidencia se convierte así en el eje vertebrador del castigo, priorizando la peligrosidad del sujeto sobre el valor del objeto sustraído.
Esta reforma responde a una demanda histórica de los Ayuntamientos y cuerpos policiales. En ciudades como Barcelona, las cifras de los Mossos d'Esquadra revelaron que apenas 25 personas fueron responsables de casi 900 detenciones en un solo año, evidenciando que el sistema de multas actual no ejercía un efecto disuasorio real frente a la delincuencia profesional.
La ley también amplía el escudo legal hacia otros sectores vulnerables. Los agricultores y ganaderos recibirán una protección especial ante los robos de productos o maquinaria que excedan los 400 euros.
Asimismo, se tipifica el "petaqueo" —el apoyo logístico y suministro de combustible a narcolanchas— con penas de hasta cinco años de cárcel. Para evitar el colapso judicial que estas medidas podrían generar, el Gobierno se compromete a crear la figura del juez de adscripción territorial (JAT) por cada 100.000 habitantes, reforzando las plantillas allí donde la carga de trabajo sea crítica.
Con información de La Vanguardia

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