Regalías en contratos de licencias de marcas

En materia de contratos de licencia de marca, el establecimiento de regalías suele ser el sistema de pago más usual, ya que absorbe el riesgo que supone la explotación de una marca

Yeney Acea

regalias

Las regalías o royalties, según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), son pagos calculados posteriormente y recurrentes, cuyo importe se determina en función de la utilización o resultados económicos (unidades de producción, unidades de servicio, ventas del producto, beneficios).

En materia de contratos de licencia de marca, el establecimiento de regalías suele ser el sistema de pago más usual, ya que absorbe el riesgo que supone la explotación de una marca y lo distribuye de forma equitativa. Con ello se persigue  que el porcentaje establecido contribuya a equilibrar las prestaciones en función de evitar disputas futuras.

Las regalías se forman de dos elementos: la base, que es sobre lo que se establece la regalía, (producción, costos, ventas, utilidades, etc) y el porcentaje, aspecto susceptible de frecuentes controversias.

A los efectos del uso de regalías resulta frecuente la elección de su establecimiento sobre la base de las ventas.

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Según criterios como el precio bruto de ventas o el precio neto de ventas, en el primer supuesto se entiende que es aquel que se basa en la oferta realizada al consumidor final, con lo cual se observa la inclusión de costos no asociados con la marca.

De ahí que pueda devenir desventajoso para el licenciatario, mientras en el segundo, la base es la eliminación del costo de aquellos elementos que deciden las partes, tales como, embalaje, seguro, transportación, derechos de aduana, entre otros.

El importe de la regalía puede ser fijo o variable, creciente o decreciente, pero siempre constituye un quebradero de cabeza la determinación del porcentaje aplicable.

Desde el punto de vista de la rentabilidad un porcentaje elevado puede considerarse en detrimento del licenciatario, mientras que al contrario pudiera no compensarse de forma adecuada al licenciante. No obstante, según el tipo de industria pueden hacerse estudios referenciales en función de acogerse al porcentaje adecuado.

The Brand Licensing Handbook, por ejemplo, refiere que de forma general las regalías en los contratos de licencia de marcas suelen estar entre 2% y 18%, y en correspondencia con ello ofrece algunos ejemplos :

- 10 - 12% para entretenimiento o merchandising de personajes tales como juguetes, juegos o ropa de un personaje ficticio o persona física;

- 3 - 6 % para alimentos y comestibles

- 4 - 12 % para el diseño de marcas y marcas de moda.

Igualmente, existen otros elementos que pueden incidir en las regalías pactadas.  Ellos son: la naturaleza y alcance de la licencia (si es exclusiva o no exclusiva), las limitaciones territoriales, las facultades otorgadas, las regalías recibidas de contratos anteriores, la relación negocial entre las partes, la duración de los derechos, la duración de la licencia, las restricciones establecidas en término de territorio, entre otras.

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