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El incremento del SMI es fruto del acuerdo alcanzado el pasado 29 de enero entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT, mientras que los empresarios no quisieron sumarse a este acuerdo y plantearon una subida menor
Noticias AgenciasEl aumento del 4,4% del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2025 ha sido aprobado por el Gobierno y el Ministerio de Hacienda confirma que se tendrá que tributar en el Impuesto de la Renta de Personas Físicas (IRPF).
El repunte del SMI se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero y afectará a cerca de 2,5 millones de trabajadores.
En concreto, el SMI pasará de 1.134 euros a 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas, representando 700 euros anuales más y 50 euros al mes adicionales.
Asimismo, Europa Press explica las claves del aumento del SMI y del impuesto de Hacienda y cómo quedarán la nóminas desde el 1 de enero.
El incremento del SMI es fruto del acuerdo alcanzado el pasado 29 de enero entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT, mientras que los empresarios no quisieron sumarse a este acuerdo y plantearon una subida menor, entre el 3% y el 3,4%, pero sin éxito.
No es la primera vez que los empresarios no respaldan un acuerdo para subir el SMI, de hecho en el 2024 Trabajo acordó sólo con CCOO y UGT el incremento salarial del 5%, desde los 1.080 euros mensuales por catorce pagas hasta los 1.134 euros.
Los empresarios tampoco defendieron la subida del SMI del 8% para 2023, ni los incrementos de 2022 y 2021. No obstante, CEOE y Cepyme sí respaldaron el aumento de 2020, cuando el SMI pasó de 900 a 950 euros mensuales.
Aunque este año se elevará finalmente un 4,4% del SMI, este porcentaje es inferior al 5,8% que pedían los sindicatos para situarlo en 1.200 euros mensuales.
Las cuantías del SMI para este año serán las siguientes en el caso de los SMI fijos:
SMI diario: 39,47 euros.
SMI mensual: 1.184 euros.
SMI anual: 16.576 euros.
SMI para eventuales y temporeros, por jornada legal en la actividad: 56,08 euros.
SMI empleados de hogar, por hora efectivamente trabajada: 9,26 euros.
El SMI queda exento hasta el importe alcanzado en 2024 (1.134 euros mensuales o 15.876 euros anuales), pero desde el 1 de enero de 2025 se tributará por el IRPF entre esta cifra anual (15.876 euros) y los 16.576 euros al año en los que ahora se sitúa el nuevo salario mínimo.
Aunque por el momento Hacienda no ha confirmado a cuántas personas afectará este impuesto (solo se ha limitado a decir que la mayoría de los perceptores seguirán no tributando por el IRPF), el comité de expertos que consultó Trabajo para elevar el SMI estableció que alrededor del 20% de los actuales perceptores tendrán ahora que tributar, es decir, aproximadamente medio millón.
Asimismo, el IRPF no sólo tiene en cuenta la renta del contribuyente, sino que se tributa según las circunstancias personales de los trabajadores, ya sea que tengan hijos, discapacidad o hipotecas, entre otros factores personales; de ahí que aproximadamente el 80% de los perceptores del SMI seguirán estando exentos en 2025 de sufragar este impuesto.
Por ejemplo, a un contribuyente con pareja y un hijo menor de 3 años que cobre el SMI, no se le aplicará ninguna retención del IRPF. Por su parte, un contribuyente con pareja y que tiene un hijo mayor de tres años tendría una retención del 0,60%, representando 99 euros al año.
Por otro lado, en el caso de un asalariado soltero y sin hijos que cobre el SMI, tributaría un 1,81%, implicando una deducción de 300 euros al año.
Con información de Europa Press
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