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La ratificación del Supremo llega tras el recurso del acusado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y se elevó la cuantía de la indemnización de 50.000 a 100.000 tras estimarse el recurso de la víctima al respecto
Actualidad Sala de redacciónEl Tribunal Supremo condenó a ocho años y medio de prisión al sacerdote José Luis Galán por abusar sexualmente de una adolescente, durante tres años, mientras ejercía como su director espiritual en el colegio en el que estudiaba la menor en Talavera de la Reina. Asimismo, el alto tribunal ha corroborado que el cura deberá indemnizar a la víctima con 100.000 euros por los daños morales y "el calvario" que le hizo padecer.
Los hechos ocurrieron entre 2010 y 2013, desde los 14 hasta los 17 años de la joven. Cursaba 4º de la ESO cuando conoció al sacerdote durante un viaje del colegio al Camino de Santiago, y en el curso siguiente pasó a ser su director espiritual, según publica el medio 20minutos. En los siguientes tres años, hasta 2º de Bachillerato, la adolescente fue sometida a diversos abusos sexuales por parte del religioso, que se justificaba haciéndolos "en nombre de Dios".
La sentencia del TS, que recoge de forma detallada estos abusos, explica que la adolescente había establecido una relación de confianza y respeto con Galán, compartiendo con él sus problemas e inquietudes. Esto fue aprovechado por el sacerdote, que manipuló a la joven para hacerla creer que todo lo que le hacía era "porque Dios se lo pedía" y que era "un regalo" del Señor.
Durante estos encuentros -que se producían siempre en el despacho del religioso-, insultaba a la víctima, la desnudaba, le realizaba tocamientos y, a veces, la obligaba a masturbarle. Incluso en una ocasión, el escrito del Supremo recoge que Galán le pegó "una bofetada", aunque "no con la finalidad de que la menor se sometiera".
Al acabar Bachillerato, la joven se mudó a Pamplona para iniciar sus estudios universitarios. Allí, empezó a asistir a la consulta de una doctora para tratarse de "una diversa y múltiple sintomatología" por las afecciones mentales que sufría, originadas en los abusos llevados a cabo por el ahora condenado. Fue diagnosticada con una reacción mixta de ansiedad y depresión, con síntomas de anorexia nerviosa, por las que tuvo numerosos ingresos hospitalarios entre finales de 2013 y principios de 2014.
En mayo de 2014, la menor pudo regresar a su casa en Talavera de la Reina. Allí, su madre la llevó al domicilio del sacerdote, quien la obligó a someterse a un exorcismo para curar sus "afecciones mentales". Galán aseguró que sus enfermedades tenían como origen "la influencia del demonio", y la hizo quedarse en ropa interior.
Al día siguiente, el cura manifestó que debían continuar con el exorcismo en su despacho parroquial, donde la joven fue nuevamente objeto de diversos abusos sexuales justificados por Galán con que "le tenía que sacar el demonio de dentro". También se recoge en la sentencia que tras este episodio, la madre y el sacerdote tuvieron una relación sentimental de cinco meses.
De este modo, el Supremo ha finalmente desestimado el recurso del acusado, destacando la razonabilidad de la sentencia del Tribunal Superior de Castilla-La Mancha al evaluar el testimonio de la víctima como fiable prueba de cargo, descartando contradicciones porque incluyó una cantidad de "detalles reveladores" de "un suplicio difícil de inventar".
"Ante un calvario como el que tuvo que pasar la joven durante tantos años, lo increíble hubiera sido una coincidencia exacta, cuando la experiencia de la vida nos enseña que, si bien la esencia de un acontecimiento puede recordarse en lo que deja marcado, no siempre se es capaz de recordar cada detalle o secuencia puntual", recoge el escrito.
La ratificación del Supremo llega tras el recurso del acusado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que a su vez confirmó la sentencia de primera instancia de la Audiencia Provincial de Toledo. De hecho, se elevó la cuantía de la indemnización de 50.000 a 100.000 tras estimarse el recurso de la víctima al respecto.
Asimismo, el TS ha dejado entrever que la condena podría no ser suficiente. "Hasta podría quedarse corta, si se tiene en cuenta la dificultad que entraña hacer una evaluación de un sufrimiento por el tan extenso en el tiempo y humillante y vejatorio trato al que la sometió el condenado y las muy graves consecuencias que tuvo para la salud física y mental de la joven", expone la sentencia.
TS ha dejado entrever que la condena podría no ser suficiente. "Hasta podría quedarse corta, si se tiene en cuenta la dificultad que entraña hacer una evaluación de un sufrimiento por el tan extenso en el tiempo y humillante y vejatorio trato al que la sometió el condenado y las muy graves consecuencias que tuvo para la salud física y mental de la joven", expone la sentencia.
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