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Una jueza de Madrid abre juicio oral contra Alberto González Amador por fraude fiscal, falsedad documental y pertenencia a grupo criminal
Actualidad Agencias
El Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid ha decretado la apertura de juicio oral contra el empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por presuntos delitos de fraude a Hacienda correspondientes a los ejercicios 2020 y 2021, falsedad documental mercantil, delito contable continuado y pertenencia a organización criminal.
Según consta en el auto judicial fechado este lunes, al que ha tenido acceso la agencia EFE, la jueza Carmen Rodríguez Medel considera formalizada la acusación por cuatro delitos, ampliando así los cargos inicialmente atribuidos por la anterior magistrada titular, María Inmaculada Iglesias, quien procesó a González Amador por fraude fiscal y falsedad documental.
Junto al empresario, la jueza Rodríguez Medel, al frente del juzgado desde el mes de agosto y hasta la incorporación del nuevo titular prevista para octubre, ha ordenado que otros cuatro empresarios se sienten en el banquillo de los acusados, todos ellos imputados por los mismos delitos que se atribuyen a González Amador.
En este procedimiento, tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado solicitan la condena de González Amador en calidad de autor, y de los otros cuatro empresarios como cooperadores necesarios, por la comisión de delitos contra la Hacienda pública en concurso con falsedad en documento mercantil.
Son las acusaciones populares, ejercidas por Más Madrid y el PSOE, las que han solicitado condenarles, además, por el delito continuado contable y por pertenencia a grupo criminal.
La jueza, en su argumentación sobre la apertura del juicio oral, se remite a los fundamentos planteados recientemente por el juez del Supremo Ángel Hurtado en el auto en el que abrió juicio al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos precisamente por publicar datos sobre este proceso a González Amador.
Al enumerar esos fundamentos recuerda que «el auto que acuerda la apertura del juicio oral sólo sirve para permitir que el procedimiento siga adelante» y «su finalidad es valorar la consistencia de la acusación con el fin de impedir imputaciones infundadas y con ello la llamada ‘pena de banquillo'».
Y concluye que, de conformidad con esa doctrina del Supremo, «el auto de apertura de juicio oral es una resolución que sirve para que el procedimiento avance, todo ello con base en los hechos recogidos en los tres escritos de acusación presentados que, por otra parte, en el presente caso van en consonancia con el auto de procedimiento abreviado dictado en fecha 28 de mayo de 2025».
Así, abre juicio oral contra Alberto González Amador por dos delitos contra la Hacienda Pública en relación al impuesto sobre sociedades de los ejercicios 2020 y 2021, en concurso con sendos delitos de falsedad en documento mercantil cometido por particular; por delito continuado contable del artículo 310 del Código Penal y delito de pertenencia a grupo criminal del 570.
Los mismos delitos atribuye a los cuatro empresarios encausados: Maximiliano Niederer González, David Herrera Lobato, Agustín Carrillo Saborido y José Miguel Carrilo Saborido.
La magistrada declara que el órgano competente para juzgar a González Amador y a sus presuntos cooperadores son los juzgados de lo Penal de Madrid.
En su auto, la jueza recuerda que, ante el futuro juicio, la Fiscalía y la Abogacía del Estado piden tres años y nueve meses de cárcel para González Amador, junto a multas de 624.402 euros y 488.927 euros, respectivamente mientras que PSOE y Más Madrid solicitaron cinco años de prisión y una multa de 9 meses a razón de 100 euros diarios que suma 27.000 euros.
Para uno de los empresarios, la Fiscalía pide tres años y medio de prisión y para los otros tres dos años de cárcel, mientras que la Abogacía pide dos años de prisión para todos ellos y la acusación popular eleva la pena hasta los tres años y cuatro meses.
Por su parte, la defensa de González Amador recurrió ante la Audiencia Provincial de Madrid el procesamiento de este empresario, con el argumento de que la jueza de instrucción no ha permitido practicar ni una sola diligencia solicitada en tiempo y forma por esta parte y que ello «constituye la eliminación definitiva de sus derechos fundamentales».
La apertura de juicio oral ha llegado después de que en una providencia la magistrada Carmen Rodríguez Medel haya rechazado dejar en suspenso la causa abierta contra González Amador hasta que la Audiencia Provincial resuelva su recurso contra el procesamiento.
Con información de EFE

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