El Supremo rebaja la fianza al fiscal general a €75.000

El Tribunal Supremo reduce la fianza al fiscal general García Ortiz de 150.000 a 75.000 euros en el proceso por presunta filtración, excluyendo la multa por doctrina constitucional

Actualidad Agencias
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz|Foto: EFE/Leo Redondo
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz|Foto: EFE/Leo Redondo

El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Ángel Hurtado, ha rectificado de oficio la cuantía de la fianza impuesta al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, reduciéndola de los 150.000 euros iniciales a 75.000 euros.

La corrección excluye la eventual multa, ya que incluirla supondría anticipar una condena, según establece la doctrina del Tribunal Constitucional.

La decisión se formalizó este martes mediante auto judicial, en el que el instructor explica que actúa por iniciativa propia tras revisar el recurso presentado por la acusación particular, ejercida por el empresario Alberto González Amador. Hurtado reconoce que su resolución inicial, fijando la fianza en 150.000 euros,  contenía un error.

“Y puesto que el mismo tiene repercusión favorable al acusado, no es cuestión de esperar más tiempo y prolongar la decisión sobre este particular, por cuanto que, aun sin necesidad de recurso, el propio juez, de oficio, puede hacer modificación en la cantidad, en función de las circunstancias que se le presenten”, señala el magistrado en el documento judicial.

En su argumentación, Hurtado indica que la cifra original respondía a una “línea tradicional” que contempla dentro de las responsabilidades pecuniarias tanto la indemnización por daños civiles como la multa, en caso de que el delito imputado conlleve dicha sanción.

Sin embargo, apostilla que, según una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) dictada el 19 de junio de 2023, a la que el propio González Amador aludía en su recurso de reforma, concluye que "la de multa no ha de ser incluida como una más entre esas responsabilidades pecuniarias".

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Por ello, Hurtado procede a hacer un nuevo cálculo partiendo de los 40.000 euros que el propio González Amador reclamaba como indemnización en la demanda por vulneración de su derecho al honor que presentó contra la vicepresidenta del Gobierno María Jesús Montero, y que el TS desestimó al considerar que las palabras de la también ministra de Hacienda, que le llamó "delincuente confeso", estaban amparadas por la libertad de expresión.

El instructor razona que en la causa penal la indemnización contemplada debe ser superior por cuanto "el correo de 2 de febrero de 2024, filtrado subrepticiamente a los medios, ha sido base para la formación de una generalizada opinión pública, que considera culpable de un delito a quien no lo es, quedando con ello afectada su honorabilidad y su reputación social en grado mayor que ese ataque al honor por el que se solicitaron los 40.000 euros en el juicio civil".

Hurtado ve "procedente" pensar ahora en una indemnización por un montante de 50.000 euros, si bien señala que, "si añadimos intereses y costas, y el tercio más al que permite llegar el artículo 589.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), por conceptos ajenos a la multa, por el resto de responsabilidades se podría calcular la cuantía de 75.000 euros".

El magistrado aclara en este punto que "los otros 75.000 euros, hasta alcanzar los 150.000 euros que se fijaron, corresponden a la multa, que la acusación solicita que sea en la cuantía de 108.000 euros, por debajo de los 216.000 euros, máxima a la que se podría llegar".

"Ahora bien, no veo razón para no hacer el cálculo tomando como referencia el límite inferior de la multa, esto es, doce meses, aunque la cuota de 200 euros, también, en opinión de este instructor, cabe considerarla accesible, dada la solvencia que se le puede suponer al acusado por el cargo que ocupa, más el incremento del artículo 589.2 LECrim, con lo que se estaría en esos otros 75.000 euros, hasta los que alcanzó la inicial fianza de 150.000 euros por todos los conceptos, pero de la que hay que restarlos", remata.

Fianza consignada

No obstante, Hurtado aclara que con esta resolución no responde al recurso presentado por González Amador, que instó al instructor a reconsiderar su decisión sobre la fianza pero para elevarla a los 300.000 euros que reclamaba inicialmente, solo en concepto de indemnización por daños morales, aduciendo que no han cesado ni un día como consecuencia del "relato político" generado por García Ortiz.

González Amador esgrime que "no ha existido día desde el 14 de marzo de 2024", cuando la Fiscalía emitió un comunicado dando detallada cuenta de los 'emails' entre su defensa y el fiscal que le investigaba por delitos fiscales, "en que algún personaje político o periodístico, con el ministro de Justicia a la cabeza, no denomine a través de los medios de comunicación al empresario 'delincuente confeso' o 'defraudador confeso'".

El magistrado ha dado este paso justo un día después de que el fiscal general haya consignado la fianza de los 150.000 euros, aportando parte de su patrimonio porque no disponía de ese dinero en efectivo, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

Las citadas fuentes señalan que, desde que se conoció la fianza, numerosas personas --familiares, amigos, compañeros y ciudadanos anónimos-- se habían ofrecido a colaborar en el pago de la misma, pero que García Ortiz no ha querido implicar a nadie.

El jefe del Ministerio Público estaba ultimando un recurso directo de apelación contra la fianza de 150.000 euros al considerar que se trataba de un monto excesivo. En este sentido, las fuentes subrayan que en casos de agresión sexual se suele fijar en 50.000 euros. Ahora, esta rebaja -- a la mitad-- le obliga a analizar la nueva situación antes de impugnar.

Con información de Europa Press 

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