La Fiscalía no ve "sospechosos" los pagos de la Complutense a Begoña Gómez

La Fiscalía de Madrid respalda a Begoña Gómez y niega indicios de malversación en los pagos recibidos por la Universidad Complutense

Actualidad Agencias
Begoña Gómez|Foto: Europa Press/Eduardo Parra
Begoña Gómez|Foto: Europa Press/Eduardo Parra

La Fiscalía Provincial de Madrid ha manifestado que no considera “sospechoso” ni “disparatado” el hecho de que Begoña Gómez haya percibido un total de 34.314 euros de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) entre los años 2012 y 2022.

De esa cantidad, según detalla, 9.131 euros habrían sido abonados antes de que su esposo, Pedro Sánchez, asumiera la Presidencia del Gobierno".

Esta valoración figura en un escrito fechado en septiembre, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la Fiscalía se adhiere al recurso de apelación presentado por la defensa de Gómez.

El recurso impugna la decisión del juez Juan Carlos Peinado de imputar a Gómez por un presunto delito de malversación, relacionado con el nombramiento de Cristina Álvarez como asesora en Moncloa y las supuestas tareas privadas que habría desempeñado para Gómez en el marco de su vinculación con la Complutense.

El representante del Ministerio Público subraya en el documento que “cuando hablamos repetida e incisivamente de negocios privados de la investigada Begoña Gómez no parecemos ser siempre conscientes, o lo olvidamos, de qué magnitudes estamos hablando".

En cuanto a los datos económicos incorporados a la causa, la Fiscalía detalla que los ingresos percibidos por Gómez en la UCM durante ese periodo ascienden a 34.314 euros. De esa cifra, se especifica que no recibió remuneración alguna por la cátedra de Transformación Social Competitiva.

En cambio, por el máster propio con el mismo nombre obtuvo 13.634 euros; por el máster en dirección de 'fundraising' público y privado en entidades sin ánimo de lucro, 20.653 euros; y por el diploma de formación continua como técnica en 'fundraising', 4.883 euros.

"En todo caso, no parece que el lucro sea sospechoso ni disparatado, ni que la actividad en la UCM pueda calificarse como negocios particulares", añadió, para luego destacar que de la investigación patrimonial realizada a Gómez no se deducen "pagos sospechosos".

Begoña Gómez|Foto: Europa Press El juez amplía la investigación contra Begoña Gómez hasta abril de 2026

Además, la Fiscalía insistió en que consideraba "chocante" que Peinado acordara en agosto imputar por malversación a Gómez y a Álvarez cuando en un principio, al admitir la querella de Vox por malversación, descartó investigar a ambas y dirigió las pesquisas únicamente contra el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, por funciones que habría desarrollado en su antiguo cargo en Secretaría de Presidencia.

En el marco del escrito, el fiscal también aprovechó para denunciar que "más allá de sumar imputaciones y delitos" el juez no había indicado dónde había quedado el delito de corrupción en los negocios, "cuya improcedencia e imposible subsunción" siempre ha defendido el Ministerio Público.

"Y toda la temática de la supuesta apropiación del 'software' instruida en la pieza principal se ha desvanecido", agregó.

Así las cosas, la Fiscalía recalcó que Begoña Gómez "no se ha apropiado de ningún 'software'". "Ni existía ánimo de lucro. No ha existido en ningún momento", apuntó.

Respecto al presunto delito de intrusismo que se le atribuye a la esposa de Pedro Sánchez por la firma de un pliego de condiciones técnicas, el fiscal también remarcó que Gómez actuó "a instancia de los propios responsables y gerente de la UCM".

"Ni parece un caso de índole penal y no existe elemento doloso por ningún lado, pareciendo a lo sumo una irregularidad administrativa", señaló.

Desde que la Fiscalía presentó su escrito, Peinado ha acumulado la pieza principal --relativa a presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca e intrusismo-- y la pieza separada de la malversación en una sola, tal y como le ordenó la Audiencia Provincial de Madrid.

El juez instructor también acordó transformar las diligencias para que, en caso de que acabe en juicio, sea juzgado por un jurado popular, es decir, por ciudadanos y no por un tribunal conformado por jueces.

Con información de Europa Press 

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