Nueva tasa de basuras en Madrid: ¿quién debe pagarla y cuánto cuesta?

La nueva tasa de basuras en Madrid es obligatoria desde septiembre de 2025. Conoce quién debe pagarla, cuánto cuesta y cómo afecta a inquilinos y propietarios

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Nueva tasa de basuras en Madrid: ¿Quién debe pagarla y cuánto cuesta?|Foto: ABC/Guillermo Navarro
Nueva tasa de basuras en Madrid: ¿Quién debe pagarla y cuánto cuesta?|Foto: ABC/Guillermo Navarro

Desde este 1 de septiembre de 2025, entra en vigor en la Comunidad de Madrid la nueva Tasa de Gestión de Residuos (TGR), una medida que afectará a todos los municipios con más de 5.000 habitantes, incluyendo la capital.

Aunque algunas localidades españolas ya aplicaban tarifas similares, esta normativa marca un punto de inflexión al establecer su obligatoriedad en todo el territorio madrileño.

La implementación de esta tasa responde al cumplimiento de la Ley 7/2022, relativa a residuos y suelos contaminados para una economía circular, aprobada hace tres años.

En particular, el artículo 11.3 de dicha ley obliga a las entidades locales a establecer una prestación patrimonial pública no tributaria que cubra el coste real de los servicios de recogida, transporte y tratamiento de residuos urbanos.

Esta legislación nacional adapta una directiva europea aprobada en 2018, cuyo objetivo es mejorar la gestión de residuos en los países miembros. La normativa comunitaria establece metas concretas: alcanzar un 55% de reutilización y reciclaje para el año 2025, y elevar ese porcentaje al 65% en 2035.

A partir de este lunes, el Ayuntamiento de Madrid comenzará a emitir los recibos individualizados con el importe correspondiente a cada contribuyente. Una vez recibida la notificación, los ciudadanos dispondrán de un plazo de dos meses para efectuar el pago.

Durante este primer año, el abono de la tasa se realizará en un único pago. Sin embargo, a partir de 2026, se habilitará la opción de domiciliación bancaria y pago fraccionado, siguiendo el modelo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

Nueva tasa de basuras|Foto: EFE/Raquel ManzanaresNueva tasa de basuras ya es obligatoria para municipios de más de 5.000 habitantes

La cuantía de esta nueva tasa dependerá del municipio e incluso del barrio de residencia. En general, se calcula combinando una tarifa fija del 81% basada en el valor catastral del inmueble y una tarifa variable del 19% según la cantidad de residuos generados y la calidad del reciclaje en el barrio correspondiente.

Tal y como avanzaron desde el Consistorio municipal, el coste medio estimado de la nueva tasa de basuras será de 140 euros anuales por hogar y 310 euros para los comercios. No obstante, cabe destacar que existen bonificaciones fiscales para las familias numerosas y para personas en situación de vulnerabilidad económica.

Puedes consultar toda la información en la página web del Ayuntamiento de Madrid.

A la hora de pagar esta tasa pueden surgir dudas en las personas que viven de alquiler. El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, explicó en una ocasión que los arrendadores «pondrán repercutir» esta tasa en sus inquilinos: «Según la norma quien tiene que asumir esta tasa de basuras es quien genera el residuo. Es distinto del IBI, en el que el sujeto pasivo es el propietario», detalló Encarna Hidalgo, delegada del área de Hacienda.

No obstante, con carácter general, y según detalla el Ayuntamiento de Madrid en su propia web, «la persona obligada al pago es la propietaria del inmueble». Sin embargo, el Consistorio subraya que, «cuando las personas beneficiarias del servicio no sean las propietarias de los bienes inmuebles en los que se generan los residuos», los dueños de la vivienda «podrán repercutir las cuotas sobre los respectivos beneficiarios», es decir, sobre los inquilinos, al estar considerados «sustitutos del contribuyente».

Es decir, en caso de que la vivienda esté alquilada, podría ser el inquilino quien asuma esta tasa. No obstante, según la Ley de arrendamientos urbanos, que señala que para que sea válida la repercusión de un gasto tiene que venir el importe ya en el contrato, cuando este haya empezado antes de que entrara en vigor la normativa, los inquilinos podrán negarse a pagarla y deberá ser el propietario quien la asuma.

Sin embargo, en los casos en que el contrato se firme después de la entrada en vigor de la normativa y si así se establece en el acuerdo firmado entre ambas partes, será el inquilino quien deberá hacer frente al gasto.

Con información de ABC

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