Nuevo impuesto en las nóminas de los trabajadores a partir de enero

El impuesto afectará a los sueldos más altos, los de más de 59.000 euros. Los autónomos estarán exentos

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En este 2025, los tres 'conceptos' a tener en cuenta son el destope de las bases de cotización, la actualización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y la denomindada 'cuota de solidaridad'.

En concreto, esta cuota solidaria no genera derechos para la jubilación lo cual significa que se trata de un impuesto. Este afectará a los sueldos más altos, los de más de 59.000 euros. Los autónomos estarán exentos.

En este sentido, se trata de una cotización adicional en vigencia desde este 1 de enero para los salarios que superan la base máxima de cotización.

En la práctica es, como explican desde BBVA, que ingresos que antes no estaban sujetos a contribuciones a la Seguridad Social ahora cotizarán en un sistema progresivo.

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En este 2025 se situará entre el 0,92% y el 1,17%. Para el 2045, cuando la fórmula se haya desplegado totalmente, alcanzará entre el 5,5 y el 7%. Teniendo en cuenta que esta cuota la aportarán entre el empresario y el trabajador, aportando el primero un 83,4% y el segundo un 16,6%.

Así se aplica la cuota de solidaridad en 2025

Para este 2025, los cálculos sitúan esa base máxima en torno a los 59.000 euros anuales. Este año que comienza lo hace en base a tres tramos. La cuota de solidaridad en 2025 es del 0,92% para la parte del salario que supere en hasta un 10% la base máxima; del 1% para la parte del salario que se sitúe entre el 10% adicional de la base y el 50%, y un 1,17% para el tramo de salario que exceda la base máxima en más de un 50%.

En el primer caso (superando en un 10% la base máxima), al exceso se le aplicará un 0,92% de cuota. En un caso práctico: si este año la base máxima se sitúa en los 59.000 euros, quienes superen en un 10% ese máximo (es decir, en 5.900 euros llegando a los 64.900) se les aplicará el 0,92% sobre ese excedente.

A quienes superen entre un 10 y un 50% la base máxima (hasta los 88.500 euros) se les aplicarán dos tramos. El 0,92% sobre el primer 10% de excedente y del 1% sobre el restante.

También, quienes tengan el doble de la base máxima (hasta los 118.000 euros) cotizarán en tres tramos: un 0,92% sobre el primer excedente, un 1% sobre el segundo y un 1,17% sobre el tercero.

La cuota de solidaridad en ejemplos prácticos

Aterrizando las cifras, la base de cotización máxima se sitúa en 4909 euros al mes y así quedarían las cuotas en función del salario.

Salarios superiores en un 10% de la base máxima: 5.400 euros. Se gravan con una cotización adicional de un 0,92% sobre los 491 euros 'extra'. Es decir, 4,5 euros más al mes o 54 al año.

Salarios que superan entre un 10 y un 50% la base máxima: un máximo de 7363,5 euros. Se aplica en dos tramos. Los primeros 491 se gravan con una cotización adicional del 0,92% y los 1963,5 restantes se gravan al 1%. Es decir, 24,13 euros al mes o 289,56 al año.

Salarios que superan en un 50% la base máxima: superiores a 7363,5 euros. Se aplican en tres tramos. Los primeros 491 se gravan con una cotización adicional del 0,92%, los 1963,5 restantes se gravan al 1% y el resto al 1,17 en sus correspondientes tramos.

Hay que tener en cuenta que las bases de cotización han subido un 2,8% por la variación interanual del IPC entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024, más un 1,2% por el destope de las bases que comenzó en 2024.

Actualizaciones del MEI

No es el único golpe a los salarios durante este 2025, aunque sí lo más novedoso de este año que acaba de comenzar. Por tercer año se actualiza -y sube- el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

Este mecanismo se definió, en palabras del Gobierno, para "preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social a largo plazo". Es decir, una especie de 'impuesto de sostenibilidad' cuya cuantía va directamente a la hucha de las pensiones.

En 2024, el MEI fue del 0,7% (0,58% a cargo del empresario y 0,12% del trabajador). Este año el MEI sube al 0,8% con un 0,67% a cargo de los empresarios y un 0,13% a cargo de los trabajadores. Este mecanismo se aplica a todas las nóminas con independencia del nivel salarial.

Para verlo con un ejemplo práctico, tomando como referencia una nómina de 1.500 euros al mes, el trabajador aportará un 0,13%, es decir, 1,95 euros. El empresario aportará el 0,67%, es decir, 10,05 euros. En total, el efecto en la nómina que irá a parar a la 'hucha' de las pensiones será, en este caso, de 12 euros mensuales.

Para un sueldo de 3.000 euros mensuales, el trabajador aportará 3,9 euros y el empresario 20,1, siendo la aportación total de 24 euros.

Así, la cuantía -y por tanto el esfuerzo que tendrán que asumir- variará en función del nivel de salario a pesar de aplicar para todos los trabajadores ese 0,8%.

Con información de ABC

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