
Inmigrantes en España ganan un 29% menos que los trabajadores españoles, según un estudio
La brecha salarial en España entre trabajadores inmigrantes y empleados españoles es parecida a la de Canadá, donde llega al 27,5%
El fallo da la razón al SEPE que denunció que existió un fraude de ley por parte del trabajador que buscó el despido de forma deliberada, y después no lo impugnó en los tribunales, con el objetivo de acceder a la prestaciones por desempleo
Empleo Sala de redacciónLos tribunales instan a los empresarios a declarar la dimisión o baja voluntaria del empleado por faltas injustificadas y ante un evidente desinterés de trabajar, en vez de optar por el despido disciplinario.
En concreto, si el trabajador ha sido despedido tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo, mientras que si se ha buscado deliberadamente el cese, no la percibirá.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) resuelve en una sentencia del pasado 22 de abril de la que fue ponente el magistrado Jesús Gómez Esteban la eterna duda sobre si la empresa debe proceder al despido disciplinario por reiteradas ausencias del trabajador o debe considerar que se trata de un cese voluntario.
El fallo da la razón al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) que, tras la Inspección de Trabajo, denunció que existió un fraude de ley por parte del trabajador que buscó el despido de forma deliberada, y después no lo impugnó en los tribunales, con el objetivo de acceder a la prestación por desempleo. Por tanto, le reclamaba el paro cobrado.
"Para considerar el cese voluntario no se requiere declaración formal, pero sí una conducta manifiesta y clara y sin dudas de abandonar su puesto de trabajo", señaló.
La trabajadora, concretamente, faltó a su puesto de trabajo tres días consecutivos sin justificación alguna. La empresa le amonestó con una sanción. Después, volvió a ausentarse cuatro días sin justificación, por lo que volvió a ser sancionada y, en un espacio breve de tiempo, faltó otros once días, por lo que la compañía procedió a despedirla por falta grave, faltar a su puesto sin justificación.
El tribunal considera que, lejos de considerar que no hay una prueba directa que acredite el cese voluntario en fraude de ley, "los distintos hechos indicios plenamente probados, diversos y relevantes [...] de forma lógica e indeterminante acreditarían el hecho presunto por conexión: la voluntad fraudulenta de la trabajadora de forzar su despido disciplinario para obtener formalmente una causa que permitiera acreditar una situación legal de desempleo (la carta de despido), ocultando la verdadera causa de extinción del contrato, su baja voluntario que no permite el acceso a la prestación".
Así, el TSJC recalca que existe un "reiterado incumplimiento" del trabajador, "ausentándose sin justificación" de su puesto, " de forma frecuente en un breve espacio de tiempo".
Además, añade que tras las distintas amonestaciones que recibió por parte de la empresa, no puede considerarse que la empleada no fuera consciente de que su actitud le acarrearía el despido.
"Y ello porque, más allá de no ser impugnado judicialmente el despido [...], no consta acreditado motivo alguno que, siquiera mínimamente, justifique las ausencias continuadas", dice.
La sentencia indica que el mero "soporte formal" que supone la carta de despido es insuficiente para considerar que la trabajadora tiene derecho a cobrar el desempleo, ya que hay que entrar a valorar los "contundentes y reiterados indicios probados que, de forma lógica y ajustada, acreditan la intención fraudulenta de provocar dicho despido".
Y concluye: "la contundencia de los hechos indicios plenamente probados de modo lógico y razonable, obligan a entender que la actora forzó un meramente formal despido disciplinario para ocultar su intención de cese voluntario como cese real causa de extinción del contrato, que no permite el acceso a la prestación de desempleo". Por lo que exige la devolución de 4.059 euros, lo cobrado de paro durante nueve meses.
Con información de El Economista
La brecha salarial en España entre trabajadores inmigrantes y empleados españoles es parecida a la de Canadá, donde llega al 27,5%
Hasta julio de 2024, Microsoft contaba con 228.000 empleados
El sueldo medio mensual en Suiza alcanza los 8.104 euros al mes, según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
La criptomoneda más conocida, el bitcóin, ha superado la barrera de los 112.000 dólares en un momento en el que han vuelto a dispararse las tensiones comerciales, mientras el dólar sigue depreciándose
El diario 20minutos ha creado un listado de las playas españolas que admiten perros este verano 2025
En la 'Encuesta sobre las reservas de oro de los bancos centrales de 2025' del Consejo Mundial del Oro, un 95% de los encuestados cree que las reservas mundiales de oro de los bancos centrales aumentarán en los próximos 12 meses
El alcalde de Barcelona agradece el esfuerzo realizado por los responsables del Puerto de Barcelona para entender que esta infraestructura no puede crecer más, ya que «el impacto que tiene la masificación turística» obliga a «limitar» sus capacidades
Se espera que en el juicio sin jurado, por el uso y la explotación indebida de datos de millones de usuarios de Facebook, testifique el propio Mark Zuckerberg, además de otros empresarios como Peter Thiel, exmiembro de la junta directiva de Meta y cofundador de Palantir, o Reed Hastings, cofundador de Netflix
La demanda contra el Gobierno de Trump llega poco después de que el estado de Texas fuera azotado por devastadoras lluvias que provocaron la muerte de más de 130 personas en el festivo del 4 de julio
La brecha salarial en España entre trabajadores inmigrantes y empleados españoles es parecida a la de Canadá, donde llega al 27,5%
Las denuncias de una ONG contra las empresas chinas TikTok, AliExpress y WeChat han sido presentadas ante las autoridades de protección de datos en Bélgica, Grecia y Países Bajos